Transparencia

Porque sabemos que la transparencia y las buenas prácticas son claves para la credibilidad de una ONG, Banco de Alimentos de Las Palmas además de agradecer todas las donaciones y aportaciones que recibe, ha apostado por la eficacia, los buenos resultados y sobre todo, la responsabilidad a la hora de gestionarlas por y para nuestra labor con los más necesitados.

Para nosotros, la Claridad y la Transparencia son esenciales para llevar a cabo nuestra labor social de cara al público, a nuestros donantes, a las instituciones públicas y privadas y a los receptores.

Por ello, sometemos nuestra actividad a Controles rigurosos de la Administración Pública y encargamos auditorias anuales de Las Cuentas.

ÓRGANOS DE GOBIERNO

LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación, integrada por todos los asociados, que adoptará sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna.

Deberá ser convocada al menos una vez al año en sesión ordinaria con quince días de anticipación, para examinar y aprobar la liquidación anual de cuentas y el presupuesto, y en sesión extraordinaria cuando así lo acuerde la Junta Directiva y cuando lo soliciten un número de asociados no inferior a una tercera parte de ellos; sin perjuicio de los supuestos de disolución establecidos en el artículo 31 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero.

En el supuesto de que la convocatoria se efectúe a iniciativa de los asociados, la reunión deberá celebrarse en el plazo de treinta días naturales desde la presentación de la solicitud.

En las Asambleas Generales actuarán como Presidente y Secretario quienes lo sean de la Junta Directiva, siendo éstos las personas encargadas de certificar los acuerdos adoptados por las Asambleas.

LA JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación, de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Sólo podrán formar parte del órgano de representación los asociados.La Junta Directiva estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Vicesecretario,  un Tesorero y un máximo de diez Vocales.

Puede ver los componentes de la junta directiva actual aquí

Organigrama

Puede ver los componentes del organigrama actual aquí

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS

  • Los Bancos de Alimentos son apolíticos y aconfesionales.
  • Los miembros de los órganos de gobierno en ningún caso serán remunerados.
  • El porcentaje de personal remunerado será mínimo.
  • Se evitará la participación de cargos públicos de especial relevancia en los Bancos de Alimentos.
  • Los alimentos que se reciben en los Bancos de alimentos se destinarán a las entidades benéficas evitando otro destino.
  • En ningún caso se solicitará ninguna compensación económica ni directa ni indirecta a las entidades benéficas a las que se atiende.
  • El destino de las donaciones se justificará documentalmente.
  • La satisfacción de los voluntarios y el adecuado ambiente de trabajo son objetivos de organización.
  • Se cuidará especialmente la información y la participación de los miembros de la entidad.
  • El fomento de espíritu de solidaridad, sobriedad y consumo responsable son valores y objetivos de los Bancos de Alimentos.

COMPROMISO DE LAS ENTIDADES BENÉFICAS

  • Ser una Organización Asociada de Reparto o equivalente.
  • Estar registrada oficialmente.
  • Tener como finalidad el servicio a los colectivos socialmente más desfavorecidos.
  • Distribuir gratuitamente los alimentos recibidos y no cambiarlos por dinero.
  • No efectuar ningún tipo de discriminación por motivos étnicos, sociales o religiosos entre los beneficiarios de las ayudas alimentarias.
  • No utilizar los alimentos recibidos para finalidades contrarias a los objetivos del Banco de Alimentos (distribución a personas no necesitadas, utilización de los alimentos con fin comercial, etc.)
  • No mantener en existencias alimentos procedentes del Banco de Alimentos en cantidades superiores a las que puedan justificarse en razón al periodo transcurrido en dos donaciones sucesivas.
  • Abstenerse de cualquier programa o acción pública y, en general, de cualquier comportamiento que pueda perjudicar el nombre del Banco de Alimentos en particular. Llevar libros y registros de los productos recibidos y distribuidos.

ESTATUTOS DEL BANCO DE ALIMENTOS DE LAS PALMAS

LEGISLACIÓN

    1. LEGISLACIÓN PÚBLICA:

Leyes vinculadas a derechos y funciones del voluntariado, así como de los trabajadores (Ley del voluntariado y Convenio de acción e intervención social)

Leyes vinculadas a la transparencia institucional y económica (Ley de transparencia, Ley de subvenciones, Reglamento de subvenciones y Ley del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo)

Leyes vinculadas a la constitución de entidades/asociaciones sin ánimo de lucro y/o de Utilidad Pública(Ley sobre derecho de asociación, Registro Nacional de asociaciones, Ley del tercer sector, Asociaciones de utilidad pública y Ley de fundaciones)

Ver Ley de transparencia canaria

PROGRAMAS Y ADJUDICACIONES PÚBLICAS

AYUDAS Y SUBVENCIONES RECIBIDAS 2020

AYUDAS Y SUBVENCIONES RECIBIDAS 2021

AYUDAS Y SUBVENCIONES RECIBIDAS 2022

AYUDAS Y SUBVENCIONES RECIBIDAS 2023